Al conocer el fallo en primera instancia de la Procuraduría segunda delegada para la contratación Pública de la Procuraduría General de la Nación que lo suspende por 11 meses, declarándolo responsable de falta gravísima a título de culpa grave, el alcalde reaccionó con fuertes pronunciamientos, acusando al ente de control de emitir un fallo injusto y sesgado, que respeta pero no lo comparte y donde espera que en otra instancias “impere la objetividad y la autonomía por parte de la Procuraduría”; en su acalorada defensa, amenazó a los cuatro vientos tener significativas pruebas para instaurar una acción de tutela o acudir a los organismos internacionales para que “prevalezca el derecho a la justicia y dejar en claro que su gobierno no ha cometido ninguna falta, porque lo único que le preocupa es trabajar por la gente vulnerable, direccionando recursos a los sectores necesitados de la ciudad”.

Al afrontar los incruentos ataques, el alcalde dispuso de gran parte de su tiempo y de sus esfuerzos con mediáticas trifulcas para aplacar a sus detractores, que aprovecharon su inexperiencia en lo público para desestabilizar su administración; tales actitudes hostiles le consumieron los ánimos afectando su dinamismo y comprometiendo la gobernanza, pues se encerró en su despacho con asesores subyacentes y un gabinete invisible que no dejó brillar por su egocentrismo, muchos se bajaron del barco pues no se acoplaron a su estilo imperial y centralista que lo relegó a la soledad del poder e hizo flaquear la lealtad de sus más cercanos coadjutores. Se quedó solo con el eco de sus pensamientos en la las bóvedas empañetadas y la frialdad de paredes blancas del palacio municipal, porque así lo quiso. Prefirió abrir múltiples frentes de batalla en lugar de buscar acuerdos, quiso hacer las cosas a las malas e imponer su criterio con tal de demostrar quién era el que mandaba, divorciándose tempranamente de sus aliados y como velero sin timonel se abandonó a la suerte de buenos y malos vientos, viajando a la deriva, encallando y desencallando para eludir tempestades con sucesivas investigaciones, acumulando frustraciones en una estela de sucesivos fracasos.

Obnubilado por la irascibilidad ante la grave sanción, salió lanza en ristre a luchar contra molinos de viento, acusando a la Procuraduría de inobservar la plenitud de las formas propias de su juicio. Usó los medios de comunicación para defenderse atacando, al descalificar al organismo de control que tiene a cargo la obligación de garantizar el normal desarrollo del proceso disciplinario y el deber constitucional de respetar los derechos de quienes en él actúan, y obviamente en defensa de la sociedad, pues su labor trasciende el interés particular de las partes en conflicto.

En efecto, el comportamiento imprudente y pendenciero del alcalde, irrespeta la investidura del fallador al cuestionar su objetividad y autoridad, lo cual no significa que el investigador tenga un poder omnímodo y no sea proclive al uso indebido de la potestad disciplinaria con actuaciones no ajustadas a derecho o arbitrarias que puedan vulnerar los derechos fundamentales del alcalde y de los funcionarios investigados, como la presunción de inocencia y el debido proceso. Si así ocurre, el alcalde puede defenderse con los recursos de la vía gubernativa, ejerciendo acciones contencioso administrativas o la excepcional tutela, pero no saliendo a los medios a descalificar y deshonrar al fallador, al tratar de predisponer las decisiones de la Sala Disciplinaria de la Procuraduría que deberá decidir dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la fecha en que reciba el proceso. En estos casos es mejor manejar bajo perfil, el agravio a los entes de control debilita los argumentos de la defensa con efectos adversos para los implicados.