La Superintendencia Nacional de Salud revocó la habilitación que permitía a Coomeva operar en los departamentos de Meta, Cauca y Cundinamarca, por lo que desde el 1 de octubre no podrá prestar el servicio en ellos y sus afiliados pasarán a otras EPS.
De esa forma, Coomeva debe garantizar la atención de los usuarios de los tres departamentos hasta el 30 de septiembre de 2019.
En los demás departamentos en los que tiene presencia (23 y Bogotá), continuará con medida especial de vigilancia por parte de Supersalud y restricción para recibir afiliados o traslados.
La Supersalud consideró que Coomeva incumple las condiciones de habilitación técnico administrativas, tecnológicas o científicas que ponen en riesgo la efectividad de los servicios, la seguridad de los afiliados y la destinación de los recursos del sector.
En los tres departamentos, a julio de 2019, la EPS tiene 52.741 afiliados, así: Meta, 10.084; Cauca, 23.185; y Cundinamarca, 10.084. De estos, 4.144 son del régimen Subsidiado y 48.597 del Contributivo. Los afiliados a Coomeva en esos departamentos serán informados sobre la entidad a la que sean trasladados, a través de las páginas web de Coomeva, la de la Superintendencia Nacional de Salud y las de las EPS receptoras.
En la misma resolución, la Supersalud ordenó a Coomeva que, en un plazo máximo de 10 días, contados desde que la resolución quede ejecutoriada, presente un cronograma no superior a tres meses para realizar la depuración y conciliación de la cartera con las IPS. Terminado el proceso de depuración y conciliación, deberá presentar el plan de pagos.
La EPS deberá, además, garantizar el servicio a todos sus afiliados en los tres departamentos, hasta la fecha en que sean trasladados a las EPS receptoras.