La Procuraduría General de la Nación citó a juicio disciplinario al exgobernador de Córdoba, Alejandro José Lyons Muskus, y su secretario de Desarrollo de la Salud, Edwin de Jesús Preciado Loruy, por presuntas irregularidades en pagos de servicios terapéuticos a población con Síndrome de Down.
El órgano de control endilgó dos cargos a Lyons Muskus porque no habría ejercido su deber de vigilancia y control sobre los actos de su secretario de Salud, lo cual permitió que la IPS Girasoles incrementara injustificadamente su patrimonio y se beneficiara de pagos a los que no tenía derecho.
Según el Ministerio Público, al parecer el exgobernador no mostró el debido respeto por el ordenamiento jurídico y actuó en contravía con sus deberes funcionales, por lo que calificó provisionalmente el primer cargo como falta gravísima a título de culpa gravísima, y el segundo, como grave a título de culpa gravísima.
A Preciado Lourdy se le formularon dos cargos, el primero por presuntamente autorizar el pago a la IPS Girasoles SAS, mediante Resolución n.° 000766-2015, de la totalidad de los servicios terapéuticos del paquete integral de neurorehabilitación, tratamientos que al parecer se pagaron, pero no se realizaron.
Así mismo, el exfuncionario supuestamente autorizó el pago de un precio unitario diferente por cada sesión, el cual varió dependiendo el número de terapias que se prestaron, y en algunos casos, canceló un valor mayor.
Para el órgano de control, el investigado con su proceder presuntamente infringió los principios de moralidad y eficiencia, toda vez que no habría actuado con rectitud, lealtad y honestidad, y por lo tanto, el ente de control calificó esta presunta falta como gravísima a título de dolo.
En un segundo cargo, la Procuraduría encontró que en el periodo comprendido entre el 20 de enero y el 31 de diciembre de 2015, el exfuncionario al parecer omitió verificar que las IPS de Córdoba, que estaban prestando el paquete integral de terapias de neurodesarrollo/neurorehabilitación, en los años 2014 y 2015, tuvieran el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), con lo que aparentemente incumplió funciones inherentes a su cargo, que le ordenaban verificar que las instituciones de salud cumplieran con registros mínimos consagrados en las normas.
Esta presunta falta fue calificada provisionalmente como grave, a título de culpa gravísima.