Con el objetivo primordial de salvaguardar la salud de las mujeres, la Gobernación del Cauca – Secretaria de Salud Departamental, coordinó una capacitación en Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) dirigida a personal médico y asistencial de los servicios de urgencias de las instituciones prestadoras de servicios de salud de baja complejidad de los 42 municipios del Cauca y como medida para atenuar las dificultades presentadas en el departamento con respecto al cumplimiento de la sentencia C 355 de 2006, donde se reconoce la IVE como un derecho fundamental de las niñas y mujeres y reconocido por la Corte Constitucional Colombiana.
Para la autoridad sanitaria departamental interesada en la salud sexual y reproductiva de las personas, es esencial capacitar al talento humano de las instituciones públicas y privadas de manera conceptual y metodológica, para que las políticas se conviertan en el camino a recorrerse y que desde todos los sectores haya un compromiso con la población femenina caucana; por esa razón, la capacitación dictada por un médico especializado en ginecología (formado por el Ministerio de Salud y Protección Social) y por el grupo de profesionales de la Secretaría de Salud del Cauca trató temas como: Ética médica, IVE, socialización de la normatividad y otros eventos de interés en salud pública.
La implementación de la sentencia C 355 de 2006 requiere del apoyo decidido, comprometido y generoso del personal de salud que se encuentra en las entidades locales de salud, en IPS públicas y privadas, en las clínicas y EPS del departamento y quienes desde su experiencia hacen posible que las directrices nacionales sean adoptadas y adaptadas a las particularidades de éste territorio.
El ente de salud departamental seguirá trabajando en estos temas priorizando el enfoque de derechos, género y diferencial para lograr que la prestación de los servicios de salud, sean de calidad, humanizados, dignos y solidarios.
Lo que usted debe saber sobre la interrupción voluntaria del embarazo (IVE)
- Es un derecho fundamental de las niñas y mujeres, el cual fue reconocido como tal por la Corte Constitucional Colombiana mediante la Sentencia C-355 de 2006, en tres circunstancias:
- Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificada por un médico.
- Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico.
- Cuándo el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.
La sentencia C-355 de 2006 -al reconocer este derecho- crea la opción, pero no obliga a ninguna mujer a optar por la interrupción voluntaria del embarazo, con lo cual se ratifican los derechos a la autonomía y la autodeterminación reproductiva. Por ello, es preciso que las mujeres cuenten con asesoría en opciones, en la que se les informe que aun estando inmersas en alguna causal pueden optar por seguir con la gestación y asumir la crianza o dar el producto de la gestación en adopción.