El Consejo de Estado, a través de su sala electoral, negó la nulidad de la elección de los concejales de Popayán para el periodo 2020-2023, por existir supuestamente diferencias injustificadas entre los formularios E-14 y E-24, tras el proceso de escrutinio de las elecciones territoriales del 27 de octubre de 2019.

Con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, se confirmó la sentencia que en primera instancia había proferido el Tribunal Administrativo del Cauca.

Lo anterior, bajo el argumento de que las inconsistencias que advertía el demandante no cumplían con los requisitos exigidos por la jurisprudencia para su estudio, pues no precisaron los puestos y las mesas de votación en las que habrían tenido lugar las anomalías.

Se encontró que en la demanda se refieren diferencias globales para la totalidad de las zonas cuestionadas, pero, debido a que no se entregan datos específicos, es materialmente imposible establecer si existe o no una justificación para las alteraciones matemáticas en las respectivas actas generales de escrutinio, por lo que se negaron las pretensiones del demandante.