De cara a una acción de tutela instaurada por un grupo de ciudadanos, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Popayán ordenó como medida cautelar a las comunidades de la Minga no bloquear la vía alterna por Piendamó, Morales, Suárez y Santander de Quilichao, Cauca.

Esto, al admitir la acción presentada por Carlos Jorge Collazos Alarcón y otros ciudadanos, que generó que el Juez librara oficio al Consejo Regional Indígena del Cauca, Cric, la Organización Nacional Indígena de Colombia, Onic, al Gobierno Nacional y la Fuerza Pública para presentar información relacionada con las protestas.

Así las cosas, se pidió a las comunidades abstenerse de ejecutar toda vía de hecho que afecte o constituya el bloqueo de la vía alterna o impida el derecho fundamental de la libre circulación y movilidad por el único corredor ante el cierre de la vía Panamericana.

Además, se explica que la Fuerza Pública y los municipios que atraviesa esta carretera, deben actuar de acuerdo a sus competencias constitucionales y legales para garantizar la movilidad por la misma, incluido su mantenimiento, hasta que se resuelva la situación.