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La Procuraduría General de la Nación, mediante decisión de segunda instancia, destituyó e inhabilitó por 15 años Adelmo Carabalí Rodallega, en su calidad de alcalde del municipio de Buenos Aires, Cauca, para la época de los hechos, quien habría utilizado de manera indebida rentas que tenían una destinación específica.

La decisión disciplinaria señala que el entonces mandatario transfirió más de 160 millones de pesos del Sistema General de Participaciones a una empresa sin que existieran soporte o fundamento legal para ello y, posteriormente, dichos recursos  fueron reintegrados al municipio para posteriormente direccionarlos de forma indebida a una cooperativa de trabajo asociado y/o un particular en agosto, septiembre y noviembre de 2007, sin que esta empresa tuviese vínculo legal o contractual alguno referente a temas de salud pública o régimen subsidiado.

En ese sentido, advierte la Procuraduría que el señor Carabali Rodallega violó lo establecido en la Ley que regula esta materia porque utilizó recursos del SGP  de la vigencia de 2007 para fines diversos no autorizados.

Señala la Procuraduría que el exmandatario permitió que el patrimonio de la cooperativa y/o un particular se incrementara injustificadamente pues le transfirieron los señalados recursos permitiendo con ello el incremento indebido del patrimonio de la cooperativa.

La conducta fue calificada por el ente de control como gravísima a título de culpa gravísima. 

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