La Fiscalía General de la Nación informó que el Tribunal Superior de Popayán, Cauca, revocó la sentencia absolutoria y condenó a 25 años de prisión a María Yuledy Pino Trullo, como responsable de los delitos de trata de personas agravada y proxenetismo con menor de 14 años agravado.
Lo anterior, por considerar que el Juzgado 2 Penal del Circuito, de primera instancia, emitió una sentencia pobremente sustentada, sin tener en cuenta las pruebas practicadas en el juicio oral, especialmente los testimonios de las víctimas.
De esa forma, el Tribunal acogió los argumentos de apelación que hiciera en su momento la Fiscalía al considerar que el juez de primera instancia había hecho una “errónea interpretación probatoria, no dio alcance a los tratado ni protocolos internacionales sobre la protección de las víctimas menores de edad en esta clase de delitos”.
La Fiscalía demostró en el juicio oral que la sentenciada, en mayo de 2015, contactó por redes sociales a una de las víctimas, de 15 años de edad, le propuso trabajo como mesera en Balboa y le dijo que podía llevar a una amiga que fuera bonita.
Prostituidas
Una vez las menores (de 15 y 17 años de edad) aceptaron la propuesta partieron hacia el lugar en mención para trabajar, Pino Trullo (de 20 años de edad para la época de los hechos), las hospedó donde su abuela y luego hizo contacto con una mujer quien manifestó que “estaban bonitas”.
En Balboa, Pino les entregó $50 mil pesos para su traslado a Llorente, Nariño, y posteriormente, trasladadas a zona fronteriza con el Ecuador, cerca al río Mira, zona de influencia guerrillera y de cultivos de coca, donde trabajaron como meseras durante 15 días, en un bar, de propiedad de alias “El Loco”.
“Cuando las menores vieron la peligrosidad de la zona y expresaron su deseo de regresar con su familia, Pino Trullo las obligó a trabajar en una casa de prostitución, donde fueron obligadas a sostener relaciones sexuales con los lugareños”, indicó la Fiscalía.
El 14 de junio de 2014, una vez reunieron $150 mil las dos menores regresaron a Popayán con sus familiares. Ese mismo día, ante la denuncia interpuesta fue capturada Pino Trullo, quien fue judicializada y enviada a la cárcel, por los delitos de trata de personas agravada y proxenetismo con menor de 14 años agravado.
Sentenciada
Para la Sala Penal del Tribunal Superior de Popayán, María Yuledy Pino Trullo, sí es responsable de los delitos expuestos por la Fiscalía en la acusación, por lo que deberá pagar 25 años de prisión, sin ningún tipo de beneficio. Asimismo, pagar una multa de 920 salarios mínimos legales mensuales vigentes y 20 años de inhabilidad para ejercer sus derechos y funciones públicas.
Los magistrados consideraron que Pino Trullo captó y engañó a las dos menores cuando, inicialmente, contacta a una de ellas por las redes sociales y le ofrece un trabajo legal inexistente, posteriormente le sugiere invitar a otra amiga “bonita” y estando en el lugar les cambia la propuesta y las trasladas a otros lugares para ejercer la prostitución.
“La explotación ocurrió cuando las menores ofendidas quisieron regresar a casa, al denotar la peligrosidad del sector donde fueron llevadas (…) Explotación que se suscitó aprovechando la necesidad de ambas para obtener dinero, ya que no tenían más opción que aceptar las condiciones de María Yuleidy para poder reunirse con sus padres nuevamente”, dijo el Tribunal.
Asimismo, respecto al proxenetismo, los magistrados, consideraron que “es evidente que este cargo también fue cometido por la implicada, pues participó y facilitó la explotación sexual a la que fueron sometidas las ofendidas, con el objetivo de obtener un beneficio dinerario y lucro a un tercero, en este caso alias El Loco, dueño de los establecimientos donde alojaron a las menores en su travesía”.
Ante el argumento del juez de primera instancia, que absolvió a Pino Trullo, en el que aduce que “las dos menores de edad consintieron trasladarse a otras municipalidades a sabiendas de que serían explotadas sexualmente…”, el Tribunal expuso que “sorprende a la magistratura la aseveración de la primera instancia, cuando el mero consentimiento de las víctimas no exonera de responsabilidad”.
En su decisión, el Tribunal libró orden de captura en contra de María Yuledy Pino Trullo.
Foto: Internet